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Represión en intento de motín destapó el grave hacinamiento en una comisaría de Resistencia

Durante la mañana del jueves se produjeron incidentes durante una requisa en la comisaría Séptima, en el sur de Resistencia. El Comando de Operaciones Especiales intervino arrojando gases lacrimógenos, lo cual dejó como saldo la totalidad de los detenidos afectados, dos de ellos tuvieron que ser trasladados a un centro de salud. La situación fue el correlato del gravísimo hacinamiento que se vive en esa unidad policial, donde están alojadas 50 personas en un lugar con capacidad para 16, con internos durmiendo en el patio y turnándose para guarecerse en días de lluvia.

Cincuenta detenidos de la comisaría Séptima Metropolitana de Resistencia fueron afectados por gases lacrimógenos en el marco de una represión ejecutada por las fuerzas especiales de la policía del Chaco. La acción del Comando Especial de Operaciones (COE) se dio en medio de un intento de motín que se produjo en respuesta a una requisa y a las gravísimas condiciones de hacinamiento que sufren los alojados.

Una comisaría con cuatro celdas destinadas para 16 personas tiene actualmente una población de 50 detenidos, es decir casi cuatro veces más que su capacidad. Esta es la situación que se vive actualmente en la Séptima Metropolitana, ubicada en la zona sur de Resistencia.

Ese lugar fue escenario este jueves por la mañana de un intento de motín por parte de un grupo de internos, quienes respondieron así a una requisa realizada por personal del COE. Los uniformados terminaron arrojando gas pimienta a los reclusos, quienes se vieron afectados en su totalidad. Por la descompensación que les provocó la acción irritante del químico, dos presos tuvieron que ser trasladados a un centro de salud cercano.

Un equipo del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco realizó un monitoreo en el lugar tras lo ocurrido. Se entrevistó a cada uno de los detenidos en sus respectivas celdas, de forma grupal.

Durante las entrevistas, las personas privadas de libertad informaron que fueron inspeccionadas por el médico de la policía, pero este solo les pidió que se levantaran la remera sin proporcionarles asistencia adecuada, especialmente en los casos donde el gas pimienta les había afectado los ojos.

En relación a la intervención policial, se constató que el personal del COE no detalló la cantidad de agentes que participaron en el operativo ni los nombres de los mismos, sino que únicamente informaron el nombre de la policía encargado del operativo.

La Comisaría Séptima cuenta con cuatro celdas, las cuales están abiertas las 24 horas del día, permitiendo a los detenidos acceso continuo al patio. Este régimen se implantó debido a la gravedad de la situación de hacinamiento en la que se encuentran.

Los presos duermen en el patio y lo días de lluvia se turnan para dormir bajo techo. Debido a las condiciones de hacinamiento que atraviesan, solicitaron al Comité la presentación urgente de un habeas corpus para mejorar su situación.

Existe un antecedente reciente en este sentido. A través de un habeas corpus, en virtud de una acción interpuesta por la Defensa Pública Oficial a raíz de la situación de la Comisaría Quinta Metropolitana, la Cámara Segunda en lo Criminal ordenó al Ministerio de Seguridad y Justicia disminuir el número de personas detenidas en dicha unidad hasta alcanzar el cupo oficial declarado por la agencia policial, pudiendo en circunstancias excepcionales y debidamente justificadas superar (como máximo) el 30% de la capacidad de alojamiento.

Situación repetida

El hacinamiento de la comisaría Séptima de Resistencia es más bien una regla que una excepción en las unidades policiales del Área Metropolitana del Gran Resistencia. En el último informe anual del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco se indicó que esta zona “ostenta mayor gravedad en términos de hacinamiento en dependencias policiales”.

En dicho informe, que abarca el período 2022/2023, se enumeraron las unidades con mayores niveles de sobrepoblación crítica. Entre las peores, estaban: Comisaría Duodécima de Resistencia, con 200% de sobrepoblación; Comisaría Segunda de Resistencia, 164%; Sexta de Resistencia, 150%; Comisaría Tercera de Barranqueras, 150% y Comisaría Primera de Fontana; 140% de hacinamiento. Ninguna llegó al 312% que alcanzó la Comisaría Séptima esta semana.

En el Chaco, más del 47% de los detenidos están alojados en comisarías de acuerdo a una investigación realizada por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) en el marco de la campaña nacional “No más presos en comisarías”. A fines de diciembre de 2022, la provincia se ubicaba en el cuarto lugar entre las que tienen más personas detenidas en comisarías, con 1.119 de un total de 2.377.

“Cada una de esas personas está allí porque un/a juez/a lo permite, desentendiéndose totalmente de las condiciones de encierro que la persona sufrirá esperando su juicio, y muchas veces, cumpliendo la condena. Esta situación es una clara violación de la Constitución Nacional, y un incumplimiento de estándares internacionales y sentencias de nuestra Corte Suprema. Es momento de exigir la responsabilidad de cada juez/a”, denunció el INECIP en agosto pasado.

El hacinamiento o sobrepoblación crítica, vale aclarar, es la acumulación o amontonamiento de personas superior al 20% de la capacidad de alojamiento del establecimiento, según establece el Comité Europeo para los Problemas Criminales.

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, a través de una recopilación de estándares internacionales de derechos humanos, estableció que, a los fines de la determinación de la superficie de los lugares de alojamiento provisorio -para celdas múltiples- de personas privadas de libertad, se contabilizarán seis metros cuadrados para el primer alojado y cuatro metros cuadrados para cada alojado adicional, sin contabilizarse la superficie del baño, el cual debe tener como mínimo dos metros cuadrados.

A su vez, desaconseja el alojamiento en celdas múltiples al indicar que el alojamiento colectivo no es recomendable y debería emplearse sólo en condiciones excepcionales. Respecto de la cantidad de personas privadas de la libertad que pueden alojarse, algunas experiencias de derecho comparado establecen ciertas pautas técnicas que pueden ser valoradas, señalando como deseable que el alojamiento múltiple “no supere las 16 personas”.

 

Fotos: Pablo Caprarulo

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